domingo, 22 de febrero de 2015

Constitución de la República española (9 de diciembre de 1931)




Soberanía.
  • Popular. 
  • Los poderes de todos los órganos de la República emanan del pueblo.

Derechos fundamentales.
  • Se proclama en su título III un extenso conjunto de derechos y libertades públicas.

División de poderes.
  • Se proclama. 
  • El Gobierno necesita la confianza de las Cortes y del presidente de la República.

Sufragio.
  • Universal, igual, directo y secreto. 
  • Por primera vez pueden ser elegidos y elegibles todos los ciudadanos sin distinción de sexo ni de estado civil.

Parlamento.
  • Unicameral, denominado Cortes o Congreso, que ejerce la potestad legislativa.

Forma de gobierno.
  • República democrática de trabajadores. 
  • La República constituye un Estado integral compartido con la autonomía de municipios y regiones.

Otros datos.
  • Estado laico => disuelve las órdenes religiosas (compañía de Jesús)
  • Promulgada por el presidente de las Cortes
  • Consta de 125 artículos y dos disposiciones transitorias.
  • Se reconoce el derecho a las mujeres a votar y ser elegidas
  • Se crea el Tribunal de Garantías Constitucionales

Ideología.

Vigencia.
  • 1931 - 1939

Cuestión religiosa.
  • Separación Iglesia – Estado
  • Aconfesionalidad

Fuentes: 
Equipo docente de la asignatura 'Historia Contemporánea de España I" de la UNED
Esquema => Historia Activa

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