martes, 9 de diciembre de 2014

Constitución de Bayona (8 de julio de 1808)



Soberanía.

Derechos fundamentales.
  • Contiene el reconocimiento de algunos derechos fundamentales, como la libertad de imprenta.
  • No consagra una tabla de derechos fundamentales.

División de poderes.
  • No se proclama.
  • El rey ocupa el centro del sistema, nombrando a los ministros, a los miembros del Consejo de Estado, a algunos diputados, al presidente de las Cortes y a los jueces.

Sufragio.
  • Indirecto para la elección de diputados provinciales.

Parlamento.
  • Integrado por el Senado y las Cortes.
  • El Senado se integra por los Infantes de España y 24 senadores designados por el rey con carácter vitalicio.
  • Las Cortes tenían carácter estamental.
  • La iniciativa legislativa corresponde al Consejo de Estado.

Forma de Gobierno.
  • Se instituye una monarquía limitada, el rey debía contar con el ministerio (integrado por 9 ministros y un secretario de Estado), el Parlamento y el Consejo de Estado para gobernar.

Otros datos.
  • Es la primera constitución española.
  • Fue promulgada por José Bonaparte.
  • La religión católica es la religión del rey y de la nación, no permitiéndose otra.
  • Consta de 146 artículos. 

Fuente: equipo docente de la asignatura 'Historia Contemporánea de España I" de la UNED.

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